Patentes

Aprobado el Protocolo de Actuación de los Juzgados Mercantiles para el Mobile World Congress 2020

Sonia Sarroca Suñer

Un año más, Barcelona está a punto de convertirse en capital mundial de la tecnología gracias a la nueva edición del Mobile World Congress (MWC) que tendrá lugar los próximos días 24 a 27 de febrero de 2020.

Ante la eventualidad de conflictos que pudieran existir entre las compañías que participan en este evento, los Jueces de lo Mercantil de Barcelona (por sexto año consecutivo) y el Tribunal de Marcas de la Unión Europea de Alicante (por segundo año consecutivo) han adoptado, conjuntamente, un Protocolo de servicio de guardia y actuación rápida con las finalidades de dar una adecuada protección a los titulares de derechos de propiedad intelectual e industrial, así como de evitar, en la medida de lo posible, adoptar medidas cautelares sin audiencia de la parte demandada.

Como novedad de este año, el Protocolo también incluye específicamente la protección de los secretos empresariales.

Las medidas acordadas consisten en:

a) Dar una tramitación preferente y prioritaria a las solicitudes de diligencias preliminares y/o diligencias de comprobación de hechos que tengan por objeto patentes, innovaciones tecnológicas y diseños industriales, así como la infracción de marcas y derechos de propiedad intelectual, defensa de la competencia, actos de competencia desleal y de publicidad ilícita respecto de productos y materiales que sean objeto de exposición o exhibición en el mismo.

b) Dar una tramitación preferente y prioritaria a las solicitudes de medidas cautelares urgentes (con o sin audiencia previa) que tengan por objeto los anteriores derechos y actos.

c) Comprometerse a resolver en un plazo de 2 días (48h) las solicitudes de diligencias preliminares y/o diligencias de comprobación de hechos, así como las solicitudes de medidas cautelares sin audiencia de la parte demandada. Comprometerse asimismo a resolver en un plazo de 10 días las medidas cautelares con señalamiento de vista, siempre que se haya presentado un escrito preventivo.

d) Comprometerse a resolver el mismo día de su presentación (24h) la admisión de escritos preventivos, para evitar que se adopten medidas cautelares sin audiencia de la parte demandada.

e) Para valorar la urgencia en la adopción de medidas cautelares sin audiencia de la parte demandada será determinante el comportamiento previo de la parte demandante y la rapidez con que haya reaccionado al conocimiento de la eventual infracción.

f) Adoptar, de oficio o a instancia de parte, las medidas concretas necesarias para preservar la confidencialidad de la información que pueda constituir secreto empresarial, de acuerdo con la Ley 1/2019 de Secretos Empresariales, la Directiva (UE) 2016/943 y el Protocolo especial de protección del secreto empresarial aprobado por el Tribunal Mercantil de Barcelona.

g) El Tribunal Mercantil de Barcelona llevará a cabo la ejecución inmediata de las medidas cautelares y/o diligencias urgentes que, en el ámbito de su específica competencia, dictamine el Tribunal de Marcas de la Unión Europea de Alicante, en materia de marcas de la Unión Europea y diseños comunitarios.

Según el Informe de resultados del año 2019, en dicha edición se admitieron y resolvieron un total de 50 asuntos en el marco de aplicación del Protocolo, observándose un incremento de un 42,8% respecto del año 2018. Siguiendo con dicha tendencia, el Informe prevé un nuevo incremento de asuntos para el año 2020, siendo éste exponencial en los casos que procedan del Tribunal de Marcas de la Unión Europea de Alicante.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, tanto para los titulares de derechos de propiedad industrial e intelectual como para los potenciales demandados, es clave planificar la estrategia legal para el MWC 2020 con antelación a fin de asegurar que la asistencia al evento sea un gran éxito.

Informe resultados MWC 2019

Protocolo MWC 2020

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